Retos y Futuro del Desarrollo Económico Local
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En efecto, la reciente modificación de la Ley de Bases de Régimen Local
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, aunque no lo pro-
híbe explícitamente, no va a facilitar en absoluto que los municipios puedan ejercer compe-
tencias en materia de políticas de empleo o promoción de la actividad empresarial. El nuevo
marco no contempla estas materias como competencias propias de los entes locales. Tam-
poco figuran en la relación de competencias delegables por el Estado o las Comunidades
Autónomas, aunque en este caso se da a entender que no se trata de una lista cerrada. La del-
egación de competencias se basará en criterios relativos a evitar duplicidades administrativas,
mejorar la transparencia de los servicios públicos o contribuir a los procesos de racionalización
administrativa, generando un ahorro neto de recursos. En definitiva, no se pretende aproximar
la gestión a los ciudadanos, simplemente procederá la delegación si se produce un ahorro
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.
En este contexto, también se permite ejercer a los municipios competencias distintas
de las propias y de las delegadas, siempre que el ejercicio de las mismas no ponga en
riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la hacienda municipal, cumpliendo los
principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y que no se incurra en
un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración
Pública, debiendo obtener los informes justificativos de su cumplimiento, emitidos, con
carácter previo y vinculante, por las Administraciones competentes
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.
Evidentemente, el escenario planteado por la reforma no va a ser muy favorable para
el desarrollo de la dimensión local previsto en la Estrategia Española de Empleo 2012-
2014, y en la propia Ley de Empleo de 2003, ambas en vigor, poniendo serias trabas
al ejercicio de competencias y la creación de estructuras relacionadas con el desarrollo
local, y dificultando la participación de los Ayuntamientos en la promoción de iniciativas
económicas y de empleo.
En conclusión, desde 2012 estamos asistiendo con perplejidad a una serie de recortes y
reformas estructurales en las administraciones públicas que poco o nada tienen que ver
con el impulso de la actividad económica y el empleo y cuyas consecuencias sociales es-
tán todavía por determinar. En la mayoría de los casos, estas medidas se están llevando a
cabo sin tener en cuenta la repercusión y la incidencia sobre la creación de empleo y nue-
vas empresas que han tenido determinadas políticas públicas. Ni siquiera se ha analizado
seriamente su sostenibilidad ni el retorno que ha producido para las arcas públicas cada
euro invertido en ellas. Éste sería el caso del programa de agentes de empleo y desarrollo
local, uno de los más eficientes y rentables para la inversión pública, debido a su enorme
impacto y al efecto multiplicador que ha generado en todos sus años de implantación.
7. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. BOE
núm. 279 de 30-12-2013.
8. FLORES JIMÉNEZ, L.E. El Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administra-
ción Local. Novedades de la versión definitivamente aprobada. Diario del Derecho Municipal, Iustel,
4 de septiembre de 2013.
9. FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS. DIRECCIÓN GENERAL DE LOS
SERVICIOS JURÍDICOS Y DE COORDINACIÓN TERRITORIAL. Competencias municipales relativas
al fomento del empleo, tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibili-
dad de la Administración local.
. Madrid, 2014.