Publicada la convocatoria de la subvención Re-activa del Ayuntamiento de Valencia

Se pretende dar soporte a las personas autónomas, microempresa y pequeña empresa, para minimizar el impacto crisis económica provocada por el COVID-19 y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación de la economía , actuando directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas.

El pasado 27 de marzo de 2020 se aprobó la subvención Re-Activa del Área de Desarrollo Innovador de los Sectores Económicos y Empleo, a través de València Activa, dotada con 3.760.000€ para personas autónomas y personas físicas del término municipal de València.

El BOP nº 62/31.03.2020 ha publicado el Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre convocatoria del Programa de Ayudas Re-Activa con motivo de adoptar medidas económicas para afrontar la crisis generada por el Covid-19.

El objeto de la presente convocatoria es paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID-19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de València, otorgando liquidez a las empresas de la ciudad para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad y empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos.

La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de 1.404.000 € del vigente presupuesto municipal.Se trata de una subvención a fondo perdido que se distribuirá de la siguiente manera:

  1. Personas autónomas y empresas afectadas por el cierre de establecimientos (RD 465/2020 de 17 de marzo): 3.000 €
  2. Personas autónomas y empresas que no se han visto afectas por el cierre de su establecimiento que hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75% en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. 2.000€

En caso de tener personas trabajadoras a su cargo: Las cantidades anteriores se incrementarán en 2.000 € (hasta 9 personas trabajadoras) o 3.000€ (hasta 49 personas trabajadoras),

En ningún caso, las ayudas podrán superar el importe máximo total de ayuda de minimis, actualmente establecido en 200.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales para una misma empresa, ni individualmente, ni como resultado de la acumulación con otras ayudas de minimis concedidas a la misma empresa,

Los principales requisitos que se ha de cumplir para optar a esta ayuda a parte de los detallados en la convocatoria son:

  • Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o pequeña empresa.
  • Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo o, no siendo este el caso, que la actividad desarrollada por la empresa haya sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.
  • Que la actividad afectada por el cierre del establecimiento dispuesta por el estado de alarma no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.
  • Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mútua profesional correspondiente y en Hacienda en el momento de la presentación de la instancia.
  • Que, el domicilio fiscal y en su caso, el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP).

1.- El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal, en el apartado de “trámites”, seleccionar materias y dentro de estas, seleccionar actividad económica, empleo y consumo”. La información se encontrará en el apartado de Emprendimiento y Sectores Productivos.

2.- Las solicitudes, que deberán dirigirse al Servicio de Emprendimiento e Innovación Económica, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València , en el apartado de “trámites”, seleccionar materias y dentro de estas, seleccionar “actividad económica, empleo y consumo

Para más información (documentación, obligaciones, etc) consulte la convocatoria de la subvención publicada en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de València y en la página web http://valenciactiva.valencia.es/

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