{"id":10373,"date":"2020-12-18T11:12:20","date_gmt":"2020-12-18T11:12:20","guid":{"rendered":"https:\/\/asociacionredel.com\/?p=10373"},"modified":"2020-12-18T11:12:20","modified_gmt":"2020-12-18T11:12:20","slug":"comienza-el-plazo-para-solicitar-las-bonificaciones-para-autonomos-y-empresas-del-ayuntamiento-de-getafe","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/asociacionredel.com\/en\/comienza-el-plazo-para-solicitar-las-bonificaciones-para-autonomos-y-empresas-del-ayuntamiento-de-getafe\/","title":{"rendered":"Comienza el plazo para solicitar las bonificaciones para aut\u00f3nomos y empresas del Ayuntamiento de Getafe"},"content":{"rendered":"<p>Comienza el plazo para solicitar las bonificaciones para aut\u00f3nomos y empresas,\u00a0del Ayuntamiento de Getafe, para favorecer la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el municipio,\u00a0ayudando as\u00ed a paliar los efectos causados por la pandemia de la COVID-19. Estas bonificaciones\u00a0del 25% en el Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE) y en el Impuesto de Bienes Inmuebles\u00a0(IBI) se aplicar\u00e1n el pr\u00f3ximo a\u00f1o 2021, tras aprobarse de forma definitiva las Ordenanzas Fiscales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s se ha incorporado una bonificaci\u00f3n del 25% permanente en el IBI para empresas nuevas\u00a0y para las que ampl\u00eden los inmuebles de su actividad. Las bonificaciones se podr\u00e1n tramitar con el\u00a0certificado digital, a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica sede.getafe.es siguiendo la ruta: Solicitudes\u00a0electr\u00f3nicas &#8211; \u00c1mbito &#8211; Gesti\u00f3n tributaria, hasta el 31 de enero de 2021 en el caso del IBI, y hasta\u00a0el 31 de marzo en el caso del IAE.<\/p>\n<p>Estas bonificaciones forman parte de la\u00a0bater\u00eda de ayudas que desde el Ayuntamiento de Getafe se han puesto en marcha durante este\u00a0a\u00f1o para propiciar el desarrollo econ\u00f3mico de la ciudad frente a las consecuencia de la COVID-19.<\/p>\n<p><strong>El IAE contar\u00e1 con una bonificaci\u00f3n del 25%<\/strong>\u00a0a las actividades desarrolladas por empresas que se\u00a0comprometan a mantener el nivel de empleo tras la crisis, o que hubieran efectuado un ERTE por\u00a0causa de fuerza mayor como consecuencia de la crisis sanitaria, y a 14 de marzo de 2021 hayan\u00a0creado empleo o recuperado el nivel de empleo previo a la declaraci\u00f3n del Estado de Alarma. Se\u00a0bonificar\u00e1 tambi\u00e9n con un 25% a aut\u00f3nomos que como consecuencia de la declaraci\u00f3n del Estado\u00a0de Alarma, hayan cesado temporalmente su actividad y a 30 de abril de 2021 mantengan el nivel\u00a0de autoempleo previo a su promulgaci\u00f3n. Se incrementar\u00e1 la bonificaci\u00f3n de creaci\u00f3n de empleo\u00a0con efectos exclusivos en 2021, aumentando en todos los tramos un 10% la cantidad bonificable.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se contemplan\u00a0<strong>bonificaciones en el IBI, del 25%<\/strong>, para los inmuebles donde se desarrolla\u00a0una actividad empresarial. As\u00ed es en el caso de las actividades realizadas por empresas o\u00a0profesionales que hubieran efectuado un ERTE a causa de la crisis sanitaria de la COVID-19, y el\u00a0valor catastral del inmueble sea igual o inferior 300.000 euros, salvo en el caso del uso industrial\u00a0cuyo valor catastral deber\u00e1 ser inferior a 1.496.725,67 euros, uso comercial inferior a 200.399,51\u00a0euros, o uso de ocio y hosteler\u00eda, cualquier valor catastral. Esta bonificaci\u00f3n en el IBI tambi\u00e9n se\u00a0har\u00e1 para inmuebles con actividades desarrolladas por aut\u00f3nomos, que a consecuencia de la\u00a0crisis sanitaria, hayan cesado temporalmente su actividad, y el valor catastral del inmueble donde se desarrollen sea igual o inferior 300.000 euros, sin l\u00edmite en los de ocio y hosteler\u00eda, y la\u00a0superficie afectada donde se realicen las actividades supere el cincuenta por ciento del inmueble.<\/p>\n<p>Se bonificar\u00e1 asimismo el IBI para actividades realizadas por empresas o aut\u00f3nomos, gravemente\u00a0afectados por las medidas de reducci\u00f3n de movilidad, y que hubieran reducido su facturaci\u00f3n en\u00a0al menos un 75 por ciento respecto a la del a\u00f1o anterior, y el valor catastral del inmueble donde\u00a0se desarrollen sea igual o inferior a 300.000 euros. Los particulares que tienen alquilado un local\u00a0para una actividad econ\u00f3mica, podr\u00e1n beneficiarse de las bonificaciones, acreditando haber\u00a0existido condonaci\u00f3n de al menos una mensualidad de renta en al a\u00f1o 2020 o existir repercusi\u00f3n\u00a0del impuesto.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Gobierno Municipal ha aprobado establecer de forma definitiva una bonificaci\u00f3n del\u00a0<strong>25% de la cuota \u00edntegra del IBI, para los inmuebles en los que se desarrollen actividades\u00a0<\/strong><strong>econ\u00f3micas de nueva implantaci\u00f3n que sean declaradas de especial inter\u00e9s o utilidad municipal\u00a0<\/strong>para el fomento del empleo, bien cuando se trata de entidades de nueva creaci\u00f3n; bien de\u00a0entidades ya constituidas pero que se establezcan por primera vez en el municipio; o bien en el\u00a0caso de que la entidad ya establecidas, ampl\u00ede sus instalaciones o centros de producci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Comienza el plazo para solicitar las bonificaciones para aut\u00f3nomos y empresas,\u00a0del Ayuntamiento de Getafe, para favorecer la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el municipio,\u00a0ayudando as\u00ed a paliar los efectos causados por la pandemia de la COVID-19. 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