Diputación de València pone en marcha subvenciones destinadas a entidades locales para la financiación de proyectos municipales o mancomunados para el desarrollo territorial y demográfico

Esta convocatoria tiene como objeto la subvención, a ayuntamientos y mancomunidades para proyectos municipales o comarcales para el desarrollo territorial y demográfico.

Las actividades presentadas tienen que responder a alguno o algunos de los objetivos siguientes:

  • Proyectos caracterizados para tener un carácter innovador y estar destinados a combatir la despoblación.
  • Dotar, o contribuir a la dotación, de servicios públicos o privados para la ciudadanía y los sectores productivos de su ámbito territorial.
  • Acciones de modernización y/o promoción de los sectores productivos locales, fomento de la ocupación y desarrollo territorial.
  • Otros proyectos de impacto positivo para el desarrollo en municipios rurales o en riesgo de despoblación diferentes de los anteriores. La admisión de estos casos, motivadamente, corresponde a la comisión de valoración.

Bases reguladoras: Esta convocatoria se rige por el que prevé la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de València, el texto consolidado de la cual se encuentra publicado en el Portal de Transparencia de la Diputación de València,
https://www.dival.es/sites/default/files/portal-de-transparencia/2024%2012%2004%20OGS.%20Consolidada.2025.CASO_.pdf, que se tiene que entender como las bases reguladoras de esta convocatoria.

Entidades beneficiarias: Estas subvenciones están destinadas a ayuntamientos y mancomunidades de la provincia de València.

Créditos presupuestarios: Se prevé un gasto de 350.000 €, con cargo al presupuesto de la Diputación de València del ejercicio 2025, de acuerdo con la distribución estimativa siguiente:

  • Importe de 175.000 euros a la aplicación presupuestaria 706 41400 46200 (A ayuntamientos).
  • Importe de 175.000 euros a la aplicación presupuestaria 706 41400 46300 (A mancomunidades).

Si en una de las aplicaciones no se agota el crédito máximo previsto y en la otra el crédito disponible resulta insuficiente para tramitar el número total de solicitudes, se puede incrementar el crédito de una con el sobrante de la otra.

Importe: El importe de la subvención es, como máximo, el 50% del coste del proyecto presentado, con un máximo de 30.000 euros por entidad beneficiaria, pudiendo llegar la subvención al 100%.

Las actividades propuestas para desarrollarlas al amparo de esta convocatoria hace falta que tengan un presupuesto mínimo de 10.000 euros. El IVA de la actuación puede formar parte del coste subvencionable, siempre que tenga el apoyo efectivo del beneficiario y no sea compensado o recuperable.

Cada entidad solicitando solo puede presentar una actividad a la presente convocatoria.

Actividades subvencionables: Los gastos subvencionables son los gastos corrientes derivados de las actividades y proyectos seleccionados, conforme al que se dispone en la base 15 de esta convocatoria (justificación de la subvención y forma de pago) y la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de València. Las inversiones quedan expresamente excluidas.

Solicitud: La solicitud se realizara en la sede electrónica de la Diputación de València, https://www.sede.dival.es, a través del catálogo de trámites, apartado Desarrollo Territorial Sostenible; hay que utilizar el trámite específico habilitado a tal efecto.

Si las solicitudes presentadas no agotan el presupuesto destinado a esta convocatoria, se abrirá un segundo plazo, de conformidad con la base 10.e). A esta segunda no podrán presentarse las entidades que hayan sido beneficiarias en la primera.

Plazo de presentación: Hasta el 17 de junio de 2025.

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